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gestoría Alvarez
Legalización de Documentos en MAEC
Académicos, Administrativos, Civiles, Extranjeros, Judiciales, Mercantiles, Notariales. |
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| Teléfonos: 91 532 29 73, Móvil: 600 21 69 26. |
| E-mail: gestoria-alvarez@hotmail.com |
| Recepción de Documentos, Mañanas: 08 a 14, Tardes: 16 a 20, horas. |
| Plaza Puerta del Sol , 4-3ºC, 28013 - (Metro, Renfe , Sol) - Madrid. |
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TRÁMITES Y GESTIONES URGENTES |
| Legalización del Ministerio de Asuntos Exteriores, MAEC |
Registro Civil Central, Certificado de Nacimiento |
| Apostilla de la Haya de documentos Españoles |
Registro Civil Central, Certificado de Matrimonio |
| Legalización de Consulados, Embajadas |
Registro Civil Central, Certificado de Defunción |
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Registro Civil Central, Inscripción de Matrimonio |
| Legalización de documentos para Exportación, Consejo de Cámaras |
Registro Civil Único de Madrid, Certificados |
| Legalización de Consejo General de Médicos, Veterinarios |
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| Legalización de Colegio de Notarios, Colegio de Registradores |
Registro Civil Único de Madrid, Nacionalidad Española |
| Legalización del Ministerio de Educación, Consejería de Educación |
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| Legalización del Ministerio de Justicia |
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| Legalización del Tribunal Superior de Justicia |
Traducciones Juradas |
| Mº de Educación, Homologación de Títulos, Recogida de Credencial |
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NACIONALIDAD ESPAÑOLA , CITA PREVIA, PARA LOS EMPADRONADOS EN MADRID, SEGUIMIENTO DE EXPEDIENTE EN MINISTERIO DE JUSTICIA.
- ¿Quiénes pueden solicitarla?
- El interesado, por sí mismo, siempre que sea mayor de 18 años o se encuentre emancipado.
- El mayor de 14 años asistido por su representante legal.
- El representante legal del menor de 14 años.
- El incapacitado por sí solo o el representante legal del incapacitado, dependiendo de lo que señale la sentencia de incapacitación.
- ¿Quiénes son los españoles de Origen?
- Los nacidos de padre o madre españoles.
- Los nacidos en España de padres extranjeros si al menos uno de ellos hubiera nacido en España.
- Los nacidos en España de padres extranjeros, si por ninguno de ellos se atribuye al hijo una nacionalidad.
- Los nacidos en España cuya filiación no resulte determinada.
- El extranjero menor de edad adoptado por un español.
¿Cómo se adquiere la nacionalidad española por residencia en España?
- Asilados políticos: 5 años de residencia en España
- Naturales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y sefardíes: 2 años de residencia en España
- Nacidos en territorio español o casados con un nacional: 1 año de residencia en España
- Nacidos fuera de España, de padre o madre que originalmente hubieran sido españoles: 1 año de residencia en España
- Quienes hayan estado sujetos legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles, durante dos año consecutivos, incluso si continuaran en esta situación en el momento de la solicitud: 1 año de residencia en España
- Los viudos o viudas de español o española , si a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o de hecho: 1 año de residencia en España
- +Información: gestoria-alvarez@hotmail.com
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